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Con ese seguimiento el Comité ha trasladado sus inquietudes y sugerencias en cuanto a las medidas que se debían tomar y sobre todo ha insistido en la necesidad de desplazar a todos los trabajadores para velar por su salud al margen del hecho de presentar síntomas o no.
2. Búsqueda del agente que causa los problemas de salud. Solicitamos medidas de todo el abanico de compuestos posibles (inorgánicos, orgánicos, etc.) aún no testados y que estas se realicen en condiciones reales (sin ventilaciones previas a las mediciones).
3. Agilización de todo el proceso, ya innecesariamente demorado, contando con la coordinación y el apoyo de todas las empresas afectadas en el edificio 502. Constitución por tanto de un Comité multidisciplinar de afectados que consiga recabar toda la información de los cambios sucedidos en el edificio en el último año, análisis realizados y propuesta concreta de los análisis requeridos.
4. Que una vez encontrado el agente se tomen las medidas resolutivas y/o paliativas necesarias.
¿CUALES SON LAS QUEJAS DE LOS TRABAJADORES, SUSCRITAS POR EL CE, EN CUANTO A LA ACTUACIÓN DEL CIC bioGUNE?
2. Lo consideramos inexacto por los siguientes apuntes:
- en el último párrafo de la página 2 se menciona la toma de unas mediciones de compuestos orgánicos volátiles y olores que no tuvieron lugar como puede comprobarse en el informe del parque (ACTA Nº01/2016 de la página 44),
- en las mediciones realizadas el 13 de enero (página 3) no se hace alusión a la ventilación previa que se hizo de las instalaciones durante las vacaciones de navidad.
3. Lo consideramos sesgado porque se han sustraído dos partes esenciales del informe del Parque:
- el informe de la empresa responsable de la toma de las medidas (SGS) donde se constata que los niveles de cloro no son negativos.
- la página con las recomendaciones que el Parque Tecnológico hace a CIC bioGUNE (ver debajo), las cuales aún desconocemos si han sido concluidas.
El CE no ha sido informado oficialmente de la inspección dado que la empresa no tiene obligación de hacerlo hasta su resolución. Además, tratándose de una denuncia anónima, el expediente es confidencial y el CE no tiene acceso al mismo.
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Afecciones de Salud de algunos
trabajadores del Edificio 502
¿CUAL ES LA DIFERENCIA ENTRE EL COMITÉ DE EMPRESA Y EL COMITÉ DE
SEGURIDAD Y SALUD?
EL COMITÉ DE EMPRESA (CE)
también llamado comité de Trabajadores o Works Committee es el órgano
representativo del conjunto de trabajadores/as para la defensa de sus intereses
generales.
Dentro del comité de empresa
se designan delegados que se especializan en distintas tareas como son los
delegados de Prevención. Éstos se ocupan prioritariamente, aunque no
exclusivamente, de los asuntos que conciernen a la salud de los trabajadores
(física y moral). Son gente formada de forma específica para tal fin.
EL COMITÉ DE SEGURIDAD Y
SALUD (SyS) por el contrario, está conformado en un 50% por
representantes de la dirección de la empresa y en un 50% por miembros del
comité de Empresa:
- 3 trabajadores
representan a la Dirección de la empresa; Beatriz González, Mª Mar Vivanco
e Iraide Escobes.
- y 3 trabajadores
representan a los trabajadores; Laura Bárcena; Begoña Rodríguez y Amaia Zabala.
Estas son las llamadas Delegadas de
Prevención. (Ley de Prevención de Riesgos Laborales 31/1995, artículos
35-39)
La información y acuerdos del comité de SyS es
trasladada al CE por las delegadas de Prevención, por lo que el Comité de
Empresa siempre está al tanto de las cuestiones de salud que atañen a los
trabajadores.
Sin embargo el flujo no es bidireccional, pues el
comité de Empresa trata asuntos de distinta índole considerados confidenciales
y que no competen al Comité de SyS.
Es debido a ese elemento común de las
delegadas de Prevención por lo que ambos comités pueden trabajar conjuntamente
en pro de mejoras relativas a la Salud, como es el caso del 502 entre otros.
Por ello podéis trasladar a cualquier miembro de
cualquiera de los dos comités vuestras inquietudes sobre estos temas, pues se
trataran de forma conjunta si fuera necesario.
¿QUÉ HA HECHO EL COMITÉ DE
EMPRESA EN CUANTO A ESTA PROBLEMÁTICA?
Con ese seguimiento el Comité ha trasladado sus inquietudes y sugerencias en cuanto a las medidas que se debían tomar y sobre todo ha insistido en la necesidad de desplazar a todos los trabajadores para velar por su salud al margen del hecho de presentar síntomas o no.
También ha trabajado para
informarse de la situación del laboratorio de máxima seguridad P3,
argumento por el que aún se mantiene allí a algunos
trabajadores.
¿POR QUÉ
VISIBILIZARLO AHORA?
Este Comité ha
respetado en todo momento los tiempo marcados por las autoridades competentes
para la detección del agente causal. Dado el régimen de alquiler de ese
edificio existen diversos factores a tener en cuenta y era necesario
aclarar las responsabilidades de cada uno, lo que inevitablemente implica
más tiempo. Además la Mutua y el Servicio de Prevención son
también entidades independientes, lo que alarga el proceso.
El CE daba por desalojada
la zona con mayor afectación y hemos estado recabando información sobre otras
zonas e insistiendo en restringir el acceso de la sub-contrata de limpieza. La
afectación de una persona del CIC bioGUNE que seguía accediendo a las zonas
afectadas, junto con la insinuación por parte de la empresa de que con los
análisis negativos de SGS (empresa especializada subcontratada por el parque
tecnológico) cerraban el caso, es lo que ha desencadenado que el CE active el
proceso de protesta.
El agente debe
encontrarse, ya que de lo contrario será difícil que cualquier enfermedad
derivada de la exposición, en caso de presentarse, se considere de origen
profesional, lo que hace que los afectados queden desprotegidos.
CIC bioGUNE es
responsable legal y penal de la salud y las condiciones laborales de sus trabajadores,
y ante la actitud de depender de las actuaciones de terceros (por ejemplo los
análisis realizados por el parque tecnológico), el CE ha decidido tomar parte activa
para instar a la empresa a que encabece y lidere este caso para su pronta
resolución.
¿QUÉ REIVINDICAMOS EN NUESTRAS
CONCENTRACIONES?
1. Clausura
de las áreas afectadas del edificio 502 para no seguir exponiendo a
nuestros/as compañeros/as a un agente desconocido. Hasta el momento las zonas
que competen a CIC bioGUNE claramente afectadas se corresponden con la planta 0
(GAP, sala mantenimiento, sala informática y salas comunes). Esta medida,
solicitada desde mayo, no se ha ejecutado hasta octubre tras la
actuación y manifestación pública de los trabajadores de CIC bioGUNE.
2. Búsqueda del agente que causa los problemas de salud. Solicitamos medidas de todo el abanico de compuestos posibles (inorgánicos, orgánicos, etc.) aún no testados y que estas se realicen en condiciones reales (sin ventilaciones previas a las mediciones).
3. Agilización de todo el proceso, ya innecesariamente demorado, contando con la coordinación y el apoyo de todas las empresas afectadas en el edificio 502. Constitución por tanto de un Comité multidisciplinar de afectados que consiga recabar toda la información de los cambios sucedidos en el edificio en el último año, análisis realizados y propuesta concreta de los análisis requeridos.
4. Que una vez encontrado el agente se tomen las medidas resolutivas y/o paliativas necesarias.
¿QUÉ PASOS SE VAN A DAR A PARTE DE
LAS PROTESTAS SILENCIOSAS?
En colaboración con el
COMITÉ SyS, el CE debe vigilar que todas las reivindicaciones presentadas se
lleven a cabo sin demoras.
Además, el CE sigue
trabajando para clarificar si existe alguna otra zona afectada en las
intalaciones de CIC bioGUNE en el 502, y está poniendo en contacto a delegados
de prevención y delegados sindicales de diferentes empresas en el edificio 502.
¿CUALES SON LAS QUEJAS DE LOS TRABAJADORES, SUSCRITAS POR EL CE, EN CUANTO A LA ACTUACIÓN DEL CIC bioGUNE?
1- No considerar la
información aportada por los trabajadores como fuente de información para
encontrar el origen del problema:
- qué zonas eran principalmente afectadas
- dónde y en qué momento tomar las medidas para coincidir con los valores máximos de concentración en base a las reacciones mostradas por los trabajadores.
- qué zonas eran principalmente afectadas
- dónde y en qué momento tomar las medidas para coincidir con los valores máximos de concentración en base a las reacciones mostradas por los trabajadores.
2- Que la empresa permita el
trabajo en la zona afectada con el uso de EPIs considerados por ellos como
específicos, pero que son ineficaces en la exposición al agente. Estos EPIs no
previenen los síntomas (y por tanto la exposición a este agente aún sin
identificar) y así se le comunicó a bioseguridad desde el primer momento.
3- Que las mediciones
realizadas han sido insuficientes y la búsqueda debería ser de amplio espectro
para dar con el agente, con ayuda de empresas especializadas en este tipo de
problemas. Muchas de las mediciones en las que ha participado personal de CIC
bioGUNE (mantenimiento) no han sido informadas a las Delegadas de Prevención.
La presencia de las delegadas de prevención ha de ser ofrecida para
salvaguardar las condiciones de las intervenciones de la empresa, por
imperativo legal.
4- Que el seguimiento de la
salud de los trabajadores por parte de IMQ Prevención y CIC bioGUNE ha sido
escaso y muy tardío (una analítica completa recomendada por médicos
especialistas externos y solicitada por los trabajadores afectados se aceptó 6
meses después de su propuesta, cuando la exposición al agente ya había cesado
para la mayoría de ellos).
¿POR QUÉ EL CE SE HA DESVINCULADO DEL INFORME
ELABORADO POR LA ADMINISTRACIÓN DEL CIC bioGUNE COLGADO EN LA INTRANET?
1. Porque los
trabajadores no fueron consultados antes de incluir sus datos
personales en dicho informe, datos que no aportan ningún valor al
informe, pero sí puedan dañar su imagen.
2. Lo consideramos inexacto por los siguientes apuntes:
- en el último párrafo de la página 2 se menciona la toma de unas mediciones de compuestos orgánicos volátiles y olores que no tuvieron lugar como puede comprobarse en el informe del parque (ACTA Nº01/2016 de la página 44),
- en las mediciones realizadas el 13 de enero (página 3) no se hace alusión a la ventilación previa que se hizo de las instalaciones durante las vacaciones de navidad.
3. Lo consideramos sesgado porque se han sustraído dos partes esenciales del informe del Parque:
- el informe de la empresa responsable de la toma de las medidas (SGS) donde se constata que los niveles de cloro no son negativos.
- la página con las recomendaciones que el Parque Tecnológico hace a CIC bioGUNE (ver debajo), las cuales aún desconocemos si han sido concluidas.
¿QUÉ RESALTA EL CE DE LA INFORMACIÓN RELEVANTE
CONTENIDA EN LOS INFORMES PREPARADOS POR CIC bioGUNE Y EL PARQUE TECNOLÓGICO?
1- El primer síntoma del problema
se detectó en junio del 2015. A partir de ese momento
se ponen en marcha medidas relacionadas con el mantenimiento de las instalaciones
que denotan un situación lamentable de la edificación y las instalaciones.
Estos cambios realizados que en nuestra opinión no han sido más que parches sin
efecto alguno ¿suponen además una dificultad añadida a encontrar el origen del
agente toxico? El máximo responsable de que un año después de
detectarse una situación anómala, no se haya detectado el origen y naturaleza
de la misma es LA EMPRESA. De ahí que les apremiemos a buscar soluciones con
urgencia.
2- Se ponen en marcha a su
vez una serie de análisis para determinar la naturaleza del elemento tóxico sin
tener en cuenta los detalles al respecto aportados por los afectados. No han
obtenido resultado positivo en ningún caso.
3- El comité es el
responsable de denunciar esta situación. Además hemos estado volcados en
proponer soluciones a través del comité de SyS. Para esta tarea hemos tenido
que consultar a expertos, dado que no es nuestra disciplina (ver pregunta
sobre sugerencias concretas realizadas). Sin embargo es responsabilidad de
la Dirección consultar con las empresas del sector cuáles son los análisis que
se deberían realizar para encontrar el agente, sin restricciones ni búsquedas
dirigidas.
4- En estas circunstancias,
la ley indica que la única medida preventiva real es eliminar
la exposición del trabajador al agente causal (clausurar las instalaciones
afectadas, los EPIs no pueden considerarse prevención sin saber cuál es el
compuesto en cuestión ¿que motivo les ha llevado a no tomar esa medida en
primera instancia, prima mantener la actividad por encima de la salud de los
trabajadores?
5- El único responsable de
las consecuencias que estas circunstancias puedan acarrear en la salud de las
personas que componen la plantilla de CIC bioGUNE es LA EMPRESA. Esa es la
razón de que sean ellos quienes deban realizar todos los análisis y cambios que
se precisen.
6- La dirección no puede
cargar sobre el trabajador la responsabilidad; manifestar o no si es
sintomático, cuestionar si debía estar en el lugar o no (no existiría esta
discusión de haberse cerrado el acceso a un espacio del que otra gente ya había
sido trasladada), el tiempo que allí transcurría o si llevaba los mal
llamados "EPIs adecuados". Queremos dejar patente el descontento del
comité y de muchos trabajadores que así lo han manifestado, en cuanto a la
exposición pública que los afectados y otros mencionados en el informe reciben
por parte de RRHH. ¿Han sido informadas debidamente las personas que por
diferente motivo y de diferentes plantillas (subcontrata de limpieza por
ejemplo) han accedido durante todo este tiempo a las instalaciones? Un vago
email que indica que se puede acceder en caso de “necesidad absoluta” no supone
una restricción real ni le da la dimensión apropiada a la problemática.
7- Ambas instituciones se
olvidan/omiten las posibles afecciones que tenga el personal de las empresas de
servicios (p.e. la limpieza, mantenimiento...) subcontratadas.
8- A día de hoy, a excepción
de la planta "0" para la plantilla del CIC, no hay ninguna otra restricción
de entrada a zonas de afección clara.
¿QUÉ PUEDE HACER LA PLANTILLA EN
ESTE SENTIDO?
Vuestro apoyo es vital, no sólo
moralmente para los afectados, sino de forma global para exigir soluciones. Son
responsables de garantizar nuestra salud en el entorno de trabajo y
así deben hacerlo.
¿POR
QUÉ EL CE NO HA INFORMADO SOBRE LA INSPECCIÓN DE TRABAJO EN CURSO?
El CE no ha sido informado oficialmente de la inspección dado que la empresa no tiene obligación de hacerlo hasta su resolución. Además, tratándose de una denuncia anónima, el expediente es confidencial y el CE no tiene acceso al mismo.
¿CUÁLES SON LAS ULTIMAS SOLICITUDES
DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD?
1.-Realizar la toma de muestras en puntos
representativos de la exposición a la que han estado y están los trabajadores
afectados, para lo cual se recomienda consultar previamente. Además, incluir la
zona reportada que es la más afectada,
que es la habitación del autoclave en
GAP que colinda con OWL.
2.-Que la toma de muestras se realice en condiciones
reales, sin ventilar el edificio previamente y cuando la gente esté trabajando.
También aconsejamos que sea mejor a finales de semana, los trabajadores
reportan que cuando más se nota es en jueves.
3.-Que el día de la toma de muestras se avise a Bioseguridad y Delegadas de Prevención.
4.-Realizar toma de muestras a diferentes alturas del suelo al techo.
5.-Utilizar metodología de medidas de amplio
espectro (Espectrometría de Masas),
en lugar de metodologías más dirigidas hasta ahora utilizadas.
6.-Contratar a una empresa especializada en este tipo de análisis e informar al Comité de Seguridad y Salud la metodología y el
procedimiento que se va a utilizar.
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Published on 2015
Published on 2015
1- ¿La aplicación en su totalidad del Convenio Estatal de Industria Química (IQ) qué implica en cuanto a las mejoras que tenemos actualmente en CIC bioGUNE que no están especificadas en el convenio?
La aplicación de un convenio obliga a la empresa a cumplirlo en
su totalidad, y puesto que los convenios no marcan más que mínimos, lo normal
es que todas las empresas tengan condiciones superiores a las recogidas en sus
convenios y nunca por debajo.
En nuestro caso, el salario
superior, las dos evaluaciones y el menor número de horas son las mejoras
que tenemos y que no están contempladas en el convenio, pero las tenemos por
escrito en nuestros contratos y en otros documentos entregados a este comité en el último ejercicio, y que la empresa ya se ha comprometido a mantener.
Por tanto, la exigencia
del cumplimiento del convenio sólo puede implicar añadir los aspectos que
no se aplican y que son la antigüedad y el plus de peligrosidad o toxicidad.
Ahora bien, igual que la remuneración de las evaluaciones ha
sido modificada unilateralmente (no habrá ya una tercera o posteriores), es lógico pensar que cualquier otro aspecto
podría ser tratado de igual manera en el futuro. Y por supuesto esto es
algo que nosotros/as no podemos asegurar.
2- ¿La aplicación del convenio en su totalidad supondría cambios en las categorías profesionales y rangos salariales?
Las categorías que vienen marcadas en el convenio son sólo una referencia que CIC biGUNE tiene adaptada como se puede ver en el documento categorías profesionales y rangos salariales en CIC bioGUNE.
El convenio de IQ, entendemos no refleja ni el trabajo ni los objetivos de un centro de investigación, es por ello que el establecimiento de categorías y funciones laborales apropiadas es un asunto que ya esta siendo tratado por este comité, como anunciamos en la última asamblea, y que vemos necesario al margen de la opción que salga ganadora en la votación.
3- ¿Qué supone tener un convenio propio?
La opción de elaborar un convenio propio tiene como objeto
recoger las condiciones que ya tenemos y mejorarlas ajustándolas a nuestra
realidad, como ocurre en los centros similares al nuestro. Se podrán consultar algunos ejemplos en el apartado Documentos a medida que se vayan obteniendo.
4- ¿Cuánta gente compone el Departamento de Recursos Humanos (RRHH) del CIC bioGUNE?
La responsable de RRHH nos aclara que en la actualidad no existe un departamento como tal destinado a las tareas de RRHH. Es ella únicamente la encargada de dichas tareas, salvo ausencia.
Por esa razón el Comité entiende que las incidencias comunicadas hasta la fecha, podrían ser resueltas mediante la creación de un departamento, ampliando su personal.
La decisión de si esa ampliación viene dada vía contratación o redistribución del personal de administración, sólo le corresponde a la Dirección, una vez se traslade esta propuesta en caso de salir ganadora en la votación.
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