Estimados compañeros/as,
Como sabéis la semana pasada ya la dirección anunció la
restricción definitiva de acceso a la planta cero
que llevábamos meses solicitando. Queda por confirmar que sea la
única zona afectada que requiera tal medida.
Si bien que se reduzca la exposición al agente es un paso a
celebrar, a pesar del obvio retraso, aún queda lo más importante.
Seguimos firmes en nuestra decisión de mantener la presión social
hasta que se cumplan los compromisos recién adquiridos, por lo que además de
daros la enhorabuena, os pedimos que vuestro apoyo continúe cada Viernes a las 11.45h.
Hace un par de semanas disponemos (un mes después de su entrega a
Dirección) del informe que el Parque Tecnológico elaboró con las actuaciones
llevadas a cabo por cada empresa en aras de resolver el problema. Sin embargo
no hemos podido compartirlo con vosotros pues hemos querido ser muy cuidadosos
con la difusión del mismo, por considerar que contenía numerosos datos de
carácter personal queno ampliaban la información necesaria (datos médicos,
emails de los afectados etc). Mientras esperábamos la confirmación de la
idoneidad de subirlo (editado) en un portal público como es nuestro blog, la
Administración de CIC bioGUNE ya lo ha difundido parcialmente a través de su
intranet como se os comunicó.
Es por esa razón que nos limitaremos a referirnos al extracto por
ellos aportado, así como a la fracción ausente y crucial a nuestro entender que
os aportamos en nuestro apartado de FAQs (Frequently Asked Questions)
¿Qué resalta el comité de la información relevante contenida en
los informes preparados por cic biogune y el parque tecnológico?
1- El primer síntoma del problema
se detectó en junio del 2015. A partir de ese momento se ponen en marcha
medidas relacionadas con el mantenimiento de las instalaciones que denotan
un situación lamentable de la edificación y las instalaciones. Estos cambios
realizados que en nuestra opinión no han sido más que parches sin efecto alguno
¿suponen además una dificultad añadida a encontrar el origen del agente toxico?
El máximo responsable de que un año después de detectarse una
situación anómala, no se haya detectado el origen y naturaleza de la misma es
LA EMPRESA. De ahí que les apremiemos a buscar soluciones con urgencia.
2- Se ponen en marcha a su vez una serie de
análisis para determinar la naturaleza del elemento tóxico sin tener en cuenta
los detalles al respecto aportados por los afectados. No han obtenido resultado
positivo en ningún caso.
3- El comité es el responsable de denunciar esta
situación. Además hemos estado volcados en proponer soluciones a través del
comité de SyS. Para esta tarea hemos tenido que consultar a expertos, dado que
no es nuestra disciplina (ver pregunta sobre sugerencias concretas
realizadas). Sin embargo es responsabilidad de la Dirección consultar con las
empresas del sector cuáles son los análisis que se deberían realizar para
encontrar el agente, sin restricciones ni búsquedas dirigidas.
4- En estas circunstancias, la ley indica
que la única medida preventiva real es eliminar la
exposición del trabajador al agente causal (clausurar las instalaciones afectadas,
los EPIs no pueden considerarse prevención sin saber cuál es el compuesto en
cuestión ¿que motivo les ha llevado a no tomar esa medida en primera
instancia, prima mantener la actividad por encima de la salud de los
trabajadores?
5- El único responsable de las
consecuencias que estas circunstancias puedan acarrear en la salud de las
personas que componen la plantilla de CIC bioGUNE es LA EMPRESA. Esa es la
razón de que sean ellos quienes deban realizar todos los análisis y cambios que
se precisen.
6- La dirección no puede cargar sobre el trabajador la
responsabilidad; manifestar o no si es sintomático, cuestionar si debía estar
en el lugar o no (no existiría esta discusión de haberse cerrado el acceso a un
espacio del que otra gente ya había sido trasladada), el tiempo que
allí transcurría o si llevaba los mal llamados "EPIs
adecuados". Queremos dejar patente el descontento del comité y de muchos
trabajadores que así lo han manifestado, en cuanto a la exposición pública que
los afectados y otros mencionados en el informe reciben por parte de
RRHH. ¿Han sido informadas debidamente las personas que por diferente
motivo y de diferentes plantillas (subcontrata de limpieza por ejemplo) han
accedido durante todo este tiempo a las instalaciones? Un vago email que indica
que se puede acceder en caso de “necesidad absoluta” no supone una restricción
real ni le da la dimensión apropiada a la problemática.
7- Ambas instituciones se olvidan/omiten las posibles
afecciones que tenga el personal de las empresas de servicios (p.e. la
limpieza, mantenimiento...) subcontratadas.
8- A día de hoy, a excepción de la planta
"0" para la plantilla del CIC, no hay ninguna otra restricción de
entrada a zonas de afección clara.
Además de estas quejas ya por todos conocidas, en nuestro apartado
de FAQs podéis encontrar las preguntas que algunos de vosotros nos vais
haciendo llegar y las respuestas que esperemos aclaren las dudas. Por
supuesto estamos abiertos a actualizarlo con cualquier comentario que
nos trasladéis.
Os mantendremos informados de las acciones que se vayan llevando a
cabo a raíz de nuestras solicitudes.
Gracias por vuestro apoyo y sobretodo enhorabuena por el logro
obtenido!